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CONDICIONES PARTICULARES DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL
DE LA POLIZA SUSCRITA POR LA FEDERACION DIGITAL EA CON ZURICH. DESCRIPCION DEL RIESGO Responsabilidad Civil legal atribuible al Tomador del Seguro/Asegurado, en calidad de responsable de las antenas de radioaficionados instaladas en los respectivos domicilios de cada uno de los socios de la Entidad Contratante.
R.C. EXPLOTACION: FRANQUICIA GENERAL: Euros 150,00 por siniestro.
Responsabilidad civil del Asegurado, en su calidad de poseedor de la licencia de estación de radioaficionado, por daños ocasionados a terceros por la antena, sus elementos anexos, así como aquellos producidos con motivo de la instalación y desmontaje de la antena de radioaficionado. Asimismo se entenderán incluidas dentro de las garantías de la póliza la responsabilidad civil derivada de la instalación, conservación y desmontaje de las antenas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2º de la Ley 19/1983 de 16 de Noviembre (BOE núm. 283), así como los daños ocasionados a aquella parte del inmueble en que estén adosados o aplicadas las antenas objeto del seguro. Para que las coberturas de la presente póliza surtan efecto el titular de la licencia de estación de aficionado deberá mantener la antena y elementos anexos en perfecto estado de conservación y subsanará de forma inmediata los defectos que pudieran afectar a la seguridad de personas y bienes.
Daños causados a aparatos conectados alámbrica o inalámbrica con la antena. Perjuicios patrimoniales derivados de interferencias sónicas en programas de radio o televisión. |
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