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Consulta indicativos de 1 letra: nuestra aportación

Este lunes día 15 de abril de 2019 termina el plazo de remisión de comentarios u observaciones al texto que Telecomunicaciones propone para regular la asignación de indicativos de una letra en el sufijo. Algo sólo al alcance de 702 radioaficionados del total de más de 31.000 que hay en España.

FEDI-EA ya hizo un sondeo en 2016 sobre cual era la opinión del colectivo al respecto, avanzándose a esta tarea. Ahora es el momento de hacérsela llegar a la SEAD, pero antes queremos compartirla con todos vosotros.

Con la experiencia anterior de como funcionan este tipo de consultas públicas, que no tienen en cuenta la cantidad de personas que representan las asociaciones, sino el número de correos recibidos directamente, os emplazamos a enviar vuestra opinión a radioaficionados@mineco.es o simplemente enviarles un email de adhesión al informe que nosotros vamos a remitir. Importante: es imprescindible que el remitente esté identificado, así que poned vuestro nombre e indicativo.


Al proyecto de resolución original de Telecomunicaciones, nuestra respuesta es:


Comentarios a la Consulta sobre el Proyecto de Resolución de la Secretaría de Estado para el Avance Digital por la que se establece el procedimiento administrativo y se fija el plazo para la presentación de solicitudes para la asignación de distintivos de llamada de radioaficionado con sufijo de una letra

Introducción

El presente documento es fruto del consenso y trabajo conjunto de las siguientes federaciones de radioaficionados: Federación Digital EA, Federació de Radioaficionats de Catalunya y Liga Española de Asociaciones C.B. y Radioaficionados, todas ellas miembros de la Organización Europea de Radioaficionados (EURAO). El objetivo de este informe es transmitir el sentir del colectivo de radioaficionados con el que se mantiene asidua relación, sean estos socios o no, acerca de la consulta pública planteada por la SEAD sobre los distintivos de llamada con sufijo de una letra para radioaficionados y su asignación.

Vaya por delante la opinión generalizada de que, la radioafición española, tiene otras preocupaciones más graves y acuciantes por resolver que esta, cuya priorización consideramos una burda "maniobra de distracción" sobre las otras.

Sin ir más lejos, recordamos la unanimidad del sector, ya expresada en anteriores consultas públicas, acerca del trato injusto y arbitrario sobre que las instalaciones de antenas de estaciones fijas de radioaficionado deban ser realizadas por empresas profesionales como norma general, medida de la que abusan muchas JPITs. El que ahora se haya rebajado la calificación de dichas instalaciones del tipo D al tipo A sólo demuestra la improvisación con que se adoptó en su momento la medida y la falta de una verdadera voluntad de resolver el asunto por parte de la SEAD.

No menos grave es el abuso de obligar a nuestro colectivo a utilizar certificado digital para relacionarse con la Administración, incluso antes de pertenecer al colectivo, es decir, en la fase de presentación a examen. Además, ni en este ni en el resto de trámites disponibles en la sede electrónica del Ministerio, está prevista aún la figura del "representante", algo que venimos reclamando de hace tiempo y que parece que ahora quieren implantar en el presente procedimiento por primera vez. Atendiendo a la avanzada edad de buena parte de nuestro colectivo, a que se trata de una actividad amateur, no profesional, abogamos para que tomen las medidas oportunas para reducir la brecha digital en vez de ampliarla. Asimismo, recordamos que la ley recoge que el acceso a la administración electrónica es un deber para la propia Administración y un derecho para el ciudadano, no una obligación. No deben excluirse otros medios.

Ya entrando en materia, a finales de 2016 FEDI-EA se avanzó al asunto que nos ocupa, lanzando su propia consulta sobre qué méritos deberían tenerse en cuenta a la hora de asignar distintivos de llamada de una letra en el sufijo. De dicha consulta se derivaba un amplio abanico de méritos a considerar: concursos, expediciones, meetings, ferias, artículos, redes internacionales, etc. Sin embargo, a la vista está que la SEAD ha decidido tener en cuenta sólo la simple acreditación de un par de contactos internacionales por año. Afortunadamente, la fase de admitir la acreditación electrónica de los mismos, parece ya superada.

Partiendo de esta base, y del proyecto concreto de resolución expuesto a consulta pública, a continuación planteamos los comentarios, dudas, observaciones y propuestas elaborados por el equipo de trabajo formado por las entidades arriba mencionadas.

¡¿Sufijo personalizado?!

Si bien la propia SEAD, en el preámbulo de su proyecto de resolución, reconoce que "el distintivo de llamada constituye la seña de identidad del radioaficionado tanto en la identificación de sus emisiones como en las relaciones entre los componentes de dicho colectivo", a lo largo del texto propuesto no queda diáfanamente claro, sino todo lo contrario, que el solicitante de distintivo de llamada con sufijo de una letra pueda elegir cual es el sufijo de su preferencia. Más bien parece que dichos sufijos vayan a ser asignados "correlativamente" y sin personalización.

Dada la más que previsible poca demanda de dichos sufijos, consideramos debería permitirse, y además dejarse clara en el texto, la posibilidad de que el solicitante pueda expresar su(s) preferencia(s) de sufijo. El propio proyecto de resolución ya contempla mecanismos objetivos para discernir en caso de coincidencia de varios solicitantes ante una misma preferencia de sufijo: antigüedad de la autorización y orden temporal de entrada de la solicitud.

Proponemos añadir a estos criterios el tener en cuenta si el solicitante ha sido beneficiario, con anterioridad, de un distintivo temporal con sufijo de una letra y prefijo ED, EE o EF, otorgado con motivo de su participación en concursos internacionales de alta competitividad, a fin de preservar la identificacion personal con un determinado sufijo.

La importancia de algunos distritos

No es la primera vez que alegamos ante la SEAD (o sus precursoras: SESIAD, SETSI, ...) que, en el entorno internacional de la radioafición, determinados distritos tienen una consideración especial a efectos de orientación de antenas, puntuación en concursos y diplomas, etc., atendiendo básicamente a su ubicación geográfica.

Nos referimos concretamente a las Islas Baleares (6), a las Islas Canarias (8), y a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla (9), cuyo número de distrito mostramos entre paréntesis.

Pues bien, consideramos que, los distintivos de llamada con sufijo de una letra correspondientes a estos distritos especiales, no deberían asignarse a estaciones de residentes en la península, y viceversa, para no obligar a alterar innecesariamente la programación de las bases de concursos y diplomas internacionales. Pero también para evitar que se tenga que usar nomenclatura adicional (p.ej.: EA8A/4 o EA1A/9) para clarificar la posición real de la estación, desvirtuando así el sentido primigenio de simplificación de los distintivos de llamada con sufijo de una letra.

Personas jurídicas

En el borrador de resolución no se mencionan, ni a favor ni en contra, las personas jurídicas con autorización de radioaficionado, reconocidas por la SEAD como "asociación de radioaficionados" mediante resolución.

Dada la importancia de estas entidades en el fomento de la radioafición y en la constitución de equipos humanos para su participación en concursos y otro tipo de eventos de ámbito internacional, no se debería descartar a priori su aspiración a solicitar un distintivo de llamada con sufijo de una letra, adecuando el texto de la resolución para dejar clara esta posibilidad e incluir la introducción de su CIF allí donde ahora sólo se contempla NIF y NIE.

En estos casos va a ser más necesaria que nunca la incorporación de la figura del "representante", tanto en formularios en papel como en la sede electrónica.

Se recomienda evitar la tentación de reducir el campo de posibilidades de las personas jurídicas a su estación colectiva, dada la gran relevancia de las actividades llevadas a cabo por dichas entidades al amparo del artículo 30.6 del actual Reglamento de Radioaficionados.

Distintivos temporales y antiguos

Entendemos, aunque no estaría de más explicitarlo en la resolución, que la "práctica en la radioafición internacional" que hay que acreditar se refiere al historial personal y no limitado al distintivo de llamada de su actual autorización, pudiéndose presentar confirmación de comunicación internacional (QSL) de anteriores distintivos de llamada asignados a ese mismo titular, sean estos nacionales o extranjeros, incluyendo también los distintivos temporales, muy usados en comunicados internacionales con motivo de eventos especiales.

15 años de práctica en la radioafición internacional

Ya desde 2013 estaba previsto que este fuera el criterio de acceso a los distintivo de llamada con sufijo de una letra. Sin embargo, no estaba establecido en parte alguna que esos 15 años tuvieran que ser ni consecutivos ni los últimos.

Con esta condición arbitraria se limita la concurrencia de aquellos radioaficionados más veteranos (con 30, 40 ó más años de radioafición), y quizás con más méritos a sus espaldas, si, desde el 2005 a esta parte, algún año no han recibido las dos QSLs requeridas en la resolución propuesta, sea por causas de salud, trabajo, familia, mudanza, separación conyugal, propagación o simplemente porque ya no realizan intercambio de QSLs dado que han contactado con todos los países y entidades disponibles.

Por esta razón, proponemos que, los 15 años que han de ser acreditados, no tengan porque ser obligatoriamente ni consecutivos ni los últimos, sino que se admita cualquier patrón, de forma flexible.

Medios válidos para la acreditación

Entendemos que no es objeto de esta resolución el establecer los medios electrónicos de acreditación de los comunicados, pero no estaría de más que se hiciera referencia a la sección de la sede electrónica de SEAD donde constan aquellos que han sido homologados para esta tarea.


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